Se declara CON LUGAR la demanda de divorcio incoada por el ciudadano NICOLO CONTINO MARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-6.853.347, asistido por el abogado en ejercicio Eduardo Bernal Barillas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 67.554, en contra de la ciudadana ÁNGELA CARO VELLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-9.880.159.
SEGUNDO: Se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos NICOLO CONTINO MARRA y ÁNGELA CARO VELLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-6.853.347 y V-9.880.159, respectivamente, en fecha 20 de septiembre de 1967, ante la Prefectura del Municipio Santa Rosa, Valencia, estado Carabobo, cuya acta matrimonial se encuentra inscrita en el Registro Principal del Estado Carabobo bajo el N° 280, Folio 8°, Tomo II, año 1967.
TERCERO: Se ordena la INSERCIÓN de la presente sentencia, en la oficina del Regis.....