DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta el Sobreseimiento de la causa en favor del (los) imputado(s) GUERRA GUERRA FELIX ALBERTO, titular de la Cédula de Identidad V- 14.515.113, suficientemente identificado en las actuaciones, de conformidad con el artículo 318 en su ordinal 3ro del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece que el sobreseimiento procede cuando la acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada. Por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, hecho previsto y sancionado en el artículo 453, del Código Penal. Es todo y así se decide. Ofíciese a la ONIDEX, y a SIPOL, para la desincorporación de sistemas del (los) referido(s) imputado(s).
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. CECILIA ALARCÓN DE FRAINO
EL SECRETARIO
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