Se DECRETA: LA PRESCRIPCION DE LA PENA, /impuesta en fecha 31/08/2012 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Carabobo, al ciudadano: CARLOS ARTURO HERNANDEZ OSPINO , venezolano, natural de Colombia, Municipio Sato Bolívar, fecha de nacimiento 06-07-64, titular de la cedula N° V-22.204.960, Fallecidos Ambos padres , oficio Albañil, residenciado En barrio la democracia, calle la Boyacá, casa nº 10-17 estado Carabobo telefono:0412-0343182, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 45 en concordancia con el articulo 15 ordinal 6 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.