éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos WILLIAM RAMON MARTINEZ y ELISABETH LABRADOR GONZALEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 4.857.911 y V- 7.002.207 respectivamente, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos contraído en fecha 30 de Octubre de 1.983, por ante la Prefectura de la Parroquia Candelaria del Municipio Valencia, Estado Carabobo. Por dispositivo del fallo se establece: La patria potestad sobre la adolescente WILVIAN ELIZABETH MARTINEZ LABRADOR será ejercida conjuntamente por ambos padres, por dispositivo legal, la misma quedará bajo la Guarda de.....