Por las razones expuestas, este Tribunal QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCION, de la ciudadana MARTA LUCILA ORTEGA ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, natural de Chichiriviche, estado Falcón, de este domicilio, identificada con la cédula de identidad Nro. Nro. 1.141.525, quien falleció el 06/09/2006, según consta en Acta de Defunción Nro. 275, Tomo I, Año 2006, que corre inserta en la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo; formulada por el ciudadano CLEODALDO JOSÉ BASTIDAS SILVA, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado 105.808, de este domicilio, actuando con el carácter acreditado en autos, y en consecuencia, ordena que se envíe copia de esta Sentencia a.....