IV
DECISIÓN
En consecuencia, por todos los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de Divorcio por DESAFECTO intentada por la Ciudadana: NELIDA DAMELIS PARRA CHIRIVELLA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V-7.117.479, asistida por la Abogada: OLGA TOVAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 315.480, abogada adscrita al programa del Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura del Tribunal Supremo de Justicia, contra el Ciudadano: JOSE GREGORIO PINTO DIAZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-9.295.553, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los mismos contrajeron el Cinco (05) de Abril del año Mil N.....