Por las razones de derecho antes explanadas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por PARTICION DE BIENES HEREDITARIOS, interpuesta por la ciudadana OLGA PERDOMO DE MONTI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.223.771, mediante sus apoderados judiciales JUAN VICENTE VADELL GRATEROL, TRINA ABREU HERNANDEZ, MARITZA QUINTERO HERRERA y DANIEL VERDIN FERNANDEZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 2.501, 14.313, 14.010 y 144.376, en su orden; contra los ciudadanos FULVIA MONTI GUIDETTI y GIAN FRANCO MONTI CEVASCO, venezolana la primera e italiano el segundo nombrado, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.182.289 y AJ0510844 (identificación Italiana). SEGUNDO: En consecuencia, se advierte a las p.....