Se DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra JUAN CARLOS ACOSTA, Venezolano, de 23 años de edad, indocumentado, residenciado en la Vivienda Rural de Bárbula, calle Luisa Cáceres de Arismendi, de la Fundación Carabobo, cerca de la Escuela José Berbin Lopez, Naguanagua, Estado Carabobo, por la comisión del delito de Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal