De lo antes expuesto, esta Sala Nº 02 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto la profesional del derecho TANIA GISELA RONDON YANEZ, en su condición de defensora Publica Décima Segunda Adscrita a la Defensoria Publica del Estado Carabobo, en el asunto signado con el Nº GP01-P-2016-007665, seguido al ciudadano; WENDE JESUS FREITES, titulares de la cédula de identidad Nº V-23.508.776, en contra de la decisión dictada en fecha 21-04-2016 y publicada en auto motivado en fecha 22-06-2017, por el Tribunal Décimo en Funciones de Control del Tribunal de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual se decreto: MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, por la presunta comisión del delito: HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES, previsto y sanciona.....