VII
DISPOSITIVA
En mérito a los razonamientos precedentemente expuestos esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ANULA DE OFICIO, de conformidad con lo establecido en los artículos 174, 175 y 179, en concordancia con el 157, todos del Código Orgánico Procesal Penal, la decisión dictada en fecha 27/02/2026, por el Tribunal Décima de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, y todos los actos subsiguientes que de ella dependan, mediante la cual DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE ASUNTO POR PRIVACION ILEGITIMA DE LA LIBERTAD, en perjuicio del ciudadano VICTOR SALVADOR DIAZ RAMIREZ, víctima en la causa signada bajo el N° D-2021-36079, que se le sigue a los ciudadanos ANTONIO JOSE ROJAS ZAMBRANO Y EDWAR ANDRES PALMA RAMIREZ, plename.....