´DECLARA: PRIMERO: PROCEDENTE la Solicitud de MEDIDA CAUTELAR DE SECUESTRO, peticionada por la parte demandante en fecha 16 de abril de 2026, en el libelo de la demanda que por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, fuera interpuesta por el ciudadano GIROLANO PATTI NAVARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.187.298, y de este domicilio, en su condición de administrador del inmueble propiedad de los ciudadanos GIACOMO NUNZIO PATTI GUALTIERI y ANA MARIA PATTI GUALTIERI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.789.411 y V-17.789.410 respectivamente, y ambos de este domicilio, asistido por el abogado MIGUEL ANTONIO PARRA GIMENEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 24.298, en contra de la Sociedad de Comercio SUPER ÉXITO GUIGUE C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del estado Carabobo, bajo el N° 26, Tomo 09-A, en fecha 17 de febrero del año 2009, inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el nu.....