CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la fiscal auxiliar segunda del Ministerio Público abogada YOLEHIDA QUINTERO MORA, en contra del auto de fecha 21 de mayo de 2008, dictado por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de control Nº 8 de este mismo Circuito Judicial Penal, mediante el cual impuso a los ciudadanos JUNIOR JOSE REYES REYES y YANIOR ENRIQUE LOPEZ GONZALEZ, titulares de la Cédula de Identidad No. V- 18.086.710 y 18.627.909, respectivamente, Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad. SEGUNDO: REVOCA la mencionada medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad y en consecuencia DECRETA Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad a los mismos imputados, por la presunta comisión de los delitos ROBO AGRAVADO, PORTE ILÍCITO DE ARMAS DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, por cumplirse las exigencias de los artículos 250 y 251 del Código Orgánico procesal penal, medida que ejecutará el Juez A quo en forma inmediata una vez reciba la prese.....