Se dicta auto acordando la medida DESTACAMENTO DE TRABAJO a la penada CAMACHO YENNY COROMOTO, titular de la cédula de identidad Nº V-14.091.320, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal por cuanto cursa agregado a los folios 284 al 285 de la causa, Informe Técnico practicado por el Equipo Técnico de la Coordinación Regional, Región Central, quienes emitieron OPINIÓN FAVORABLE para el otorgamiento de una medida de pre-libertad, asi mismo al folio 282 y 303 de la presente causa, constancia de Buena Conducta, expedida por la Junta de Conducta del Internado Judicial Carabobo y por la directora del Internado Judicial Carabobo Anexo Femenino, con lo cual se establece la buena conducta adoptada por la penada durante el tiempo que ha permanecido recluida en dicho Internado Judicial. En el mismo orden al folio Cursa al folio 18 de la segunda pieza de la presente causa, Oferta Laboral de.....