V
DECISIÒN
En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) INADMISIBLE el recurso contencioso tributario interpuesto por el ciudadano Alejandro Ache Boet, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.561.349, en su carácter de representante de la empresa PURALOA, S.A., admitido el 08 de noviembre de 2004, contra el acto administrativo contenido en la planilla de liquidación Nº PCA97-1-09029 del 03 de octubre de 1997, emanada de la Aduana Marítima de Puerto Cabello del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), confirmada en la resolución Nº HGJT-A-2315 del 08 de junio de 1.999, igualmente emanada de mismo órgano administrativo, mediante la cual se declara inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por la contribuyente, por la cantidad total de bolívares ocho millones setecientos c.....