Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 24 de febrero de 2011, por la abogada BEATRIZ DE BENITEZ, en su carácter de apoderada actora, contra el auto dictado el 17 de febrero de 2011, por el Juzgado Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; en el juicio por DESALOJO, incoado por la abogada BEATRIZ DE BENITEZ, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos BELEN AUREOLA LOPEZ DIAZ, TIBERIO ANSELOMO LOPEZ y OMAR ENRIQUE LOPEZ, contra las ciudadanas LESBIA MUJICA y MARITZA RODRIGUEZ.
Queda así CONFIRMADO el auto objeto de la presente apelación
Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 281, del Código de Procedimiento Civil.
Líbrese Ofic.....