En virtud de lo expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la recusación interpuesta el día 15 de mayo de 2012, por la ciudadana DAYANA CAROLINA SALAS ZAMBRANO, en su carácter de Presidenta de la Sociedad Mercantil VISION VANGUARDISTA DE VENEZUELA C.A., asistida por los abogados GUSTAVO RODRIGUEZ SUAREZ y BETTY ALCANTARA LAYA, contra el Abog. JOSE GREGORIO RODRIGUEZ GONZALEZ, en su carácter de Juez Suplente Especial del Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Por cuanto no se desprende en forma alguna que la recusación interpuesta sea criminosa, se le impone a la recusante la multa de DOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 2,00), a que se contrae el artículo 98 del Código de Procedim.....