Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Transito De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, declara: PRIMERO CON LUGAR la oposición a la partición interpuesta por el abogado DOMINGO SALINAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 69.696, apoderado judicial de la ciudadana DIANA JOSEFINA SOTOMAYOR CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V. 6.171.061, en consecuencia se desecha de la partición los siguientes bienes inmuebles: PRIMERO: Un apartamento ubicado en la urbanización el Silencio, signada con el N° C-13 del bloque 1, en la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, tiene un área de (128.63 mts2), cuyos linderos son: norte: escalera letra B; sur: apartamento C-15; este: bloque 4 y plaza O’leary; y oeste: apartament.....