PRIMERO: CON LUGAR oposición formulada por la ciudadana HAYDEE GÓMEZ DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.078.420 y de este domicilio, asistida por el abogado EDUARDO DÍAZ SANTOS GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 16.189, y por los co demandados FABIO RAUL VÁSQUEZ ROYETT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.451.196 y de este domicilio, y la sociedad de comercio SERCOPAL C.A., ambos co demandados debidamente asistidos por el abogado JOSÉ RAFAEL GONZÁLEZ REQUENA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 12.980, y en consecuencia se suspenden las medidas de embargo preventivo dictadas por este Tribunal en fecha 14 de Marzo de 2.008, y practicadas por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del estado Carabobo. Líbrese oficio a la Depositaria Judicial designada y a las entidades Bancarias señaladas en las actas levantadas a tal efe.....