DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud formulada por la victima, en relación a la investigación seguida en contra del presunto agresor ciudadano JUAN JAYO, titular de la Cédula de Identidad No. 7.020.856, y en consecuencia ACUERDA las Medidas de Protección y Seguridad, previstas en el artículo 87 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, numerales 1º, 5, 6° y 13º; y la estipulada en el artículo 92, ordinal 7º de la referida Ley; por último, se DECLARA IMPROCEDENTE la medida contenida en el artículo 92, ordinal 8º ejusdem.