Sin lugar la prescripción de la acción.
PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada la ciudadana MARIA AUXILIADORA COLS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.319.930, contra la sociedad de comercio CENTRO CLINICO PANAMERICANO C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 11 de Agosto de 1992, N° 28, Tomo 28-A, condena a esta a cancelar los siguientes montos y conceptos:
CONCEPTO DIAS A PAGAR SALARIO TOTAL
1. Preaviso 30 20.000,00 600.000,00
2. Antigüedad 90 20.000,00 1.800.000,00
3. Vacaciones cumplidas (02) 31 20.000,00 620.000,00
4. Vacaciones fraccionadas 21 20.000,00 420.000,00
5. Bono vacacional 08 20.000,00 160.000,00
6. Utilidades 30 20.000,00 600.000,00
7. Utilidades fraccionadas 2,50 20.000,00 50.000,00
TOTAL 4.250.000,00
Se ordena la corrección monetaria de la suma debida, desde la fecha de admisión de la demanda hasta la ejecución del fallo, mediante un solo.....