Este tribunal Unipersonal de Primera instancia en funciones de Juicio, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley de conformidad con los 4, 5, 7, 13 y 19 , 365, 367 y 368 del Código Orgánico Procesal Penal, Condena al acusado José Francisco Ríos Luna, a la pena de Seis (6) años de presidio, así mismo se condena las penas accesorias de ley y se exonera de las costas procesales, por cuanto por mandato constitucional la justicia debe ser gratuita y el acusado no tiene los recursos económicos para sufragarlos. Se mantiene la medida privativa preventiva de libertad que pesa sobre el acusado el cual se encuentra recluído en el Internado Judicial Carabobo.
Regístrese, publíquese, y déjese copia certificada de la presente Sentencia y vencidos los lapsos de ley remítase al Tribunal de Ejecución en su oportunidad legal.-