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Decisiones del dia 21/10/2010 |
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N° Expediente :
GP02-R-2010-000156
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N° Sentencia :
PJ0142010000156
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Fecha: 21/10/2010 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos |
Partes: MISAEL JOSE SANDOVAL VARGAS VS. TRANSPORTE FLOCAR C.A. |
Resumen:
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandante.
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación de la parte demandada.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano MISAEL JOSE SANDOVAL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nro. 12.774.671, contra la empresa TRANSPORTE FLOCAR, C.A.
En consecuencia, se ordena a la accionada pagar a la parte actora la cantidad de Bs. 98.564,75, en virtud de los siguientes conceptos y cantidades:
Antigüedad Bs. 24.403,17
Vacaciones Bs. 20.856,49
Bono Post Vacacional Bs. 1.142,00
Utilidades Fraccionadas Bs. 16.497,09
Días de Descanso y Feriados Bs. 35.666,00
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Juez/Ponente:
Ketzaleth Natera
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Organo:
Tribunal Superior Tercero del Trabajo
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N° Expediente :
2010-912
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N° Sentencia :
2010-134
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Fecha: 21/10/2010 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: FLORANGEL DEL CARMEN MANEIRO D¿ LIMA |
Resumen:
Cumplidas las formalidades exigidas para la evacuación de la presente solicitud, no compareció persona alguna a realizar oposición, por lo tanto, analizados como han sido los recaudos presentados y las actuaciones promovidas por la solicitante, este Tribunal Segundo de Municipio del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve declarar suficiente las probanzas evacuadas para acreditarle a la ciudadana Florangel del Carmen Maneiro D¿ Lima, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V.- 10.253.130, el derecho de propiedad sobre las bienhechurías descritas en la presente solicitud, construidas en terreno de su propiedad. Se deja a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
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Juez/Ponente:
Marisol Hidalgo
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Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Puerto Cabello
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