Con base en los razonamientos anteriormente expuestos y en acatamiento de lo consagrado en el artículo 93 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
• PRIMERO: Con lugar, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano MARCEL SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 14.109.019, debidamente asistido por la abogada Paula Estrada Villalba, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matrícula número: 45.934, contra la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, de fecha veintiséis (26) de junio de dos mil quince (2015), que acordó, sin fundamento.....