esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada CARMEN PARABABIRE, Defensora Publica de los ciudadanos JESUS ALEJANDRO ACOSTA Y WILMER ENRIQUE CORONEL NIEVES. SEGUNDO: De conformidad a los artículos 157, 175 y 179 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA NULA la decisión de fecha 16 de Noviembre del 2015, por la Jueza Sexta en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto signado bajo en N° GP01-P-2015-025225, mediante la cual DECRETO MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD, a los imputados arriba señalados, por la presunta comisión de los delitos de: Robo Agravado, previsto y sancionado en los artículos 458 del Código Penal y el delito de Detenta.....