En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión incoada por los ciudadanos RUBEN CARABALLO CASTILLO y NEULIS JOSEFINA VILLALBA RUIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°. 5.514.250 y 3.751.787, contra la sociedad de comercio SERVICIOS EVCAVEN C. A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda (hoy Distrito Capital), el día 19 de Noviembre de 1.979, anotada bajo el N° 23, Tomo 190-A Pro y condena a esta ultima a pagar las siguientes cantidades y conceptos:
Rubén Caraballo:
CONCEPTO DIAS TOTAL
1. Indemnización de antigüedad, art. 666 60
2. Compensación por transferencia 30 300.000,00
3. Prestación de antigüedad, art. 108 340
4. Indemn.....