el Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 338 del Código de Procedimiento Civil (juicio ordinario), en consecuencia, emplácese a la parte MAQUIVENZ, C.A., en la persona de su directores gerentes, los ciudadanos IVAN ANTONIO HERNANDEZ PATIÑO y MARTHA GISELA GONZALEZ BARELA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 16.152.165 y V- 15.978.538, respectivamente, y a los ciudadanos IVAN ANTONIO HERNANDEZ PATIÑO, MARTHA DEL VALLE PATIÑO MEDINA y EDILIA ELIZABETH HERNANDEZ BALDUZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas Nros. V- 16.152.165, V- 4.357.724 y V- 11.563.718, respectivamente, todos de este domicilio, en su carácter de fiadores y principales pagadores de las obligaciones, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a partir de la fecha a que conste en autos la ultima de la citación, a dar contestación a la demanda por CO.....