Celebrada, como ha sido, en jornada de guardia anterior, cumpliendo con todas las formalidades previstas en la ley, la audiencia de presentación de detenido, en la presente causa, seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA identificado perfectamente al folio No. 9; investigado por la presunta comisión del delito precalificado como PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, tipificado en Articulo 174 del Código Penal; este tribunal; pasa a pronunciarse fundadamente sobre las solicitudes efectuadas por las partes durante el curso de tal audiencia; en los siguientes términos:
PRIMERO: : En lo que respecta a la solicitud del ministerio público en cuanto a que se califique como flagrante la aprehensión del adolescente, el Tribunal observa que efectivamente de lo expuesto por la fiscalía y del contenido de las actuaciones presentadas se evidencia que dicha aprehensión se produjo en circunstancias que si encuadran dentro de uno de los supuestos a que se refiere el artículo 248 del COPP, aplicable por.....