JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 02 de Julio de 2013
203° y 154°
Visto el escrito presentado por la ciudadana YELISMAR BARRIOS DE ORAMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 9.663.192, asistido por el abogado PEDRO MANUEL SUAREZ TORRES, inscrita en el Inpreabogado, bajo el N° 40.85, en el cual solicitan la INTERDICCIÓN E INHABILITACIÓN del ciudadano JAINYER BENJAMIN ORAMAS BARRIOS, désele entrada, asígnesele número, anótese en los libros respectivos. En consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición expresa de la Ley, se ADMITE, cuanto ha lugar en derecho, por ende, se ordena la apertura de la averiguación sumaria sobre los hechos imputados, a tenor de lo establecido en el Artículo 733 del Código de Procedimiento Civil, procédase a la designación de dos (2) facultativos a los fines de que examinen al notado de demencia y emitan su juicio correspondien.....