Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta apoderados por la entidad mercantil INVERSORA L&G, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 28 de Noviembre de 1991, donde quedó anotada bajo el número 34, Tomo 16-A; representada judicialmente por los Abogados JULIO CESAR BETANCOURT, SAHIRA GUTIERREZ GAMEZ, GUAILA RIVERO MONTENEGRO, HECTOR GAMEZ ARRIETA, CAROLINA GAMEZ ROJAS, CARMEN ROSA GAMEZ y CESAR DUBEN, contra la sociedad de comercio EMPRESA DE ESTIBA, C.A., "EMESCA, C.A.",
SEGUNDO: Se condena a la entidad mercantil EMPRESA DE ESTIBA, C.A., "EMESCA,.....