Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- SIN LUGAR la apelación interpuesta el 01 de agosto de 2012, por la abogada ALEXANDRA FRIEDRICH, en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante, BANCO PROVINCIAL, S.A, BANCO UNIVERSAL, contra la sentencia interlocutoria dictada el 01 de junio de 2012, por el Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO.- LA PERENCION DE LA INSTANCIA, por haber transcurrido el lapso establecido en el ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil; en el juicio por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, intentado por la sociedad de comercio BANCO PROVINCIAL S.A, BANCO UNIVERSAL, contra el ciudadano JOSE IGNACIO MOR.....