Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la CONFESIÓN FICTA, de la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 362 del Código de Procedimiento, en la presente causa por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMATORIA), incoada por los abogados MEDARDO MUÑOZ MUÑOZ y NAZARIO MADURO GUANIPA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 14.137 y 11.841, respectivamente, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la SOCIEDAD DE COMERCIO TIBURÓN SPORT 2015, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha nueve (09) de noviembre de 2010, bajo el N° 6, Tomo 135-A, representada por el ciudadano AMIN SABER BEANI BEANI, extranjero, mayor de edad, titular de l.....