Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE DECLARAR BASTANTES LAS PROBANZAS EVACUADAS para acreditarles a los ciudadanos MIGUELINA COROMOTO SUAREZ ARTEAGA, MARGARITA ARTEAGA DE SUAREZ, JESUS MIGUEL SUAREZ ARTEAGA, JULIAN RAFAEL SUAREZ ARTEAGA, FELIX RAFAEL SUAREZ ARTEAGA, CARMEN NICOLASA SUAREZ ARTEAGA, JOSE GREGORIO SUAREZ ARTEAGA, ROSA JOSEFINA SUAREZ ARTEAGA, NIEVES BELEN SUAREZ ARTEAGA y MARIA MARGARITA SUAREZ ARTEAGA, el decreto de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JULIAN RAFAEL SUAREZ, con todos los derechos y atributos que la ley acuerda, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase original con sus resultas a los solicitantes.
Publíquese. Regístrese. Diarícese y dé.....