En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO
ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia
emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de
DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por el ciudadano MARLON ALFONSO
DUQUE ROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-
9.826.984 y de este domicilio, asistido por el abogado HENRY PEREZ, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 201.977, contra la ciudadana ANA LUCRECIA RAMIREZ
DE DUQUE. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que los
unía, contraído en fecha 30 de noviembre de 2019, por ante la Oficina del Registro Civil del
Municipio San Diego del estado Carabobo, según acta de matrimonio N° 262, Tomo II, folio
12 con vto, del año 2019.
Regístrese, publíquese l.....