|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 28/06/2006 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
GP02-L-2006-000864
|
N° Sentencia :
PJ0092006000084
|
Fecha: 28/06/2006 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: CRISTINA JULIO LICONA VS. ANDRES MANUEL TEJADA |
Resumen:
Este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA PRESUNCIÓN DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS, alegados por la actora: CRISTINA JULIO LICONA, en su libelo, de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone: Cuando el demandado no compareciere a la audiencia preliminar se presumirá la admisión de los hechos, siempre y cuando la petición del demandante no sea contraria a derecho, con la obligación de reducir la sentencia a un acta y contra tal sentencia podrá apelarse a dos efectos dentro del lapso de cinco días hábiles a partir de la publicación del fallo. Ahora bien, el precitado artículo determina que se presumirá la admisión de los hechos y en base a tal presunción, se decidirá conforme a dicha confesión siempre y cuando no sea contraria a derecho. El pronunciamiento de la sentencia oral dictada para la reproducción del fallo, a los fi.....
|
Juez/Ponente:
Rosiris Cecilia Rodriguez Gonzalez
|
Organo:
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
|
N° Expediente :
0772
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 28/06/2006 |
Procedimiento: Desalojo |
Partes: ABOG. HERMES JESÚS ABREU LUZARDO APODERADO JUDICIAL DE LA CIUDADANA ANA NIKOLIC & ANDRES PEREZ, |
Resumen:
En fuerza de las anteriores consideraciones este Tribunal Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por el abogado HERMES ABREU LUZARDO en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA NIKOLIC, contra el ciudadano ANDRES PEREZ, representado por los abogados ELIO SALAVERRIA, ELVIRA PALMA NUÑEZ y NEDDY DE ALMADA COELHO todos ya identificados. Se condena al demandado a Desalojar el inmueble arrendado constituido por un apartamento distinguido con No. 74, primer piso del Edificio SOMBOR, ubicado en la calle Colombia, Municipio Valencia del Estado Carabobo y se ordena entregarlo a la parte actora en el mismo buen estado en que lo recibió. Se condena al demandado igualmente en lo siguiente: 1-) A pagar a la parte actora la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLÍVARES (Bs. 445.574,00) por concepto de los cánones de arrendamiento.....
|
Juez/Ponente:
Ligia Esperanza Rodriguez Salazar
|
Organo:
Juzgado Séptimo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego
|
|
|
|
|