Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Fiscal Décimo Segunda del Ministerio Público del Estado Carabobo, SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada el 28 de febrero de 2006, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, mediante la cual impuso al imputado GABRIEL JOSE SANCHEZ MARIN, las medidas cautelares sustitutivas de privación de libertad, previstas en los ordinales 3° y 8 ° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado José Alejandro Rivero Rivero, actuando en representación de los derechos del imputado GABRIEL JOSE SANCHEZ MARIN, CUARTO: CONFIRMA la decisión dictada el 17 de marzo de 2006, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, mediante la cual negó la solicitud de modificación de las medidas cautelares impuestas y ordenó la suspensión de la libertad restringid.....