, declara CON LUGAR la presente demanda de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, intentada por la ciudadana PILAR MARIA LUGO, y, en consecuencia, ordena que se envíe copia de esta sentencia al Jefe Civil del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a fin de que se sirva asentar en los Libros de Registro Civil respectivos, la partida de nacimiento de la ciudadana PILAR MARIA LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.456.379, de este domicilio, quien nació en fecha PRIMERO DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA (01-11-1950), en el HOSPITAL CARLOS ARVELO, del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a las nueve horas de la noche, que es hija de la ciudadana: ANTONIA AQUILINA LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.453.463.