en consecuencia ordena: SUSPENDER la: MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL, decretada en fecha 30-09-04 y comunicada al Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante oficio N°: 7497, del CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las acciones que le pertenecen al ciudadano LUIS ALFREDO SUAREZ MAGUAL, titular de la Cédula de Identidad N°: 7.047.314, en las siguientes compañías: 1°.-) STRUKTURA C.A., sociedad Mercantil Inscrita por ante ésas oficinas, bajo el N°: 30, tomo 105, en fecha 08 de Septiembre de 1.995.- 2°.-) Sociedad Mercantil QUICKY LUB, inscrita por ante ésas oficinas, bajo el N°: 25, Tomo 37-A, en fecha 30 de Septiembre de 1.994.- 3°.-) Sociedad Mercantil INVERSIONES QUICKY C.A, Inscrita por ante ésas oficinas bajo el N°: 36, Tomo Tomo 89-A en fecha 19 de Julio de l.996 y 4°.-) Compañía LUBRICAR PUERTO LA CRUZ, inscrita por ante ésas oficinas, bajo el N°: 26, Tomo 1, en fecha 13 de Noviembre de 1.997.-Librese oficio, a dicho Registro a los.....