Declara la NULIDAD ABSOLUTA del auto de fecha 16-03-200 mediante el cual se ejecutó la sentencia condenatoria dictada en fecha 03-06-1999, por el Suprimido Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en la que condenó a JHONNY SÁNCHEZ RIVERO, a cumplir la pena de Cinco (05) años y Cuatro (04) meses de presidio por el delito de ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN. quedando nulas todas las actuaciones posteriores a dicha decisión como lo son: El auto de fecha 23-10-2002, mediante el cual se realizó la ACUMULACIÓN DE LAS PENAS impuestas al prenombrado Penado; el que se anula PARCIALMENTE en lo que respecta a la determinación del cómputo de la condena de CINCO (05) AÑOS y CUATRO (04) MESES de presidio por el delito de ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, al igual que las notificaciones y oficios librados con ocasión de la referida acumulación todo de conformidad con lo previsto en los artículos 191, 195 y 196 del Có.....