SEXTA: "LA DEMANDADA", sin menoscabo de todo lo señalado, y con la intención de evitar, por una parte, una decisión que pueda perjudicar a cualquiera de las partes, y por la otra, de dirimir en forma definitiva todos y cada uno de los planteamientos contenidos en la citada demanda, a fin de que no quede ninguna obligación pendiente o eventual por parte de "LA DEMANDADA", ni por parte de cualquier otro instituto o empresa matriz, filial o relacionada, le ofrece una indemnización transaccional, cuya finalidad, es dirimir en forma definitiva todos los pagos, reclamaciones y planteamientos de "LA DEMANDANTE", ofreciendo por concepto de indemnización transaccional la cantidad de QUINCE MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 15.000.000,00), cheque de Gerencia Nro. 9896225803, por la cantidad de QUINCE MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 15.000.000,00), a cargo de Fondo Común, C. A. Banco Universal, de fecha 24 de Octubre de 2005.