|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 25/09/2008 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
20.058
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 25/09/2008 |
Procedimiento: Separacion De Cuerpos (Conversión De Divorcio) |
Partes: SOLICITANTES: ERIKANGEL ZEREGA GEDLER Y JOSE GREGORIO ROMERO RANGEL |
Resumen:
declara CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes de los cónyuges LUCIA DEL MILAGRO BAÑEZ TERAN y JORGE FERNANDO BARATA MOSQUERA, ambos identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía, desde el día 15 de diciembre del 2004, fecha en que contrajeron matrimonio civil, por ante el Jefe Civil del Municipio Los Guayos del Estado Carabobo. Acta Nro. 230, de fecha 15 de diciembre de 2.004, Tomo I, folio 231 Vto.
|
Juez/Ponente:
Santiago Restrepo
|
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
|
N° Expediente :
20.058
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 25/09/2008 |
Procedimiento: Separacion De Cuerpos (Conversión De Divorcio) |
Partes: SOLICITANTES: LUCIA DEL MILAGRO BAÑEZ TERAN Y JORGE FERNANDO BARATA MOSQUERA |
Resumen:
CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes de los cónyuges LUCIA DEL MILAGRO BAÑEZ TERAN y JORGE FERNANDO BARATA MOSQUERA, ambos identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía, desde el día 15 de diciembre del 2004, fecha en que contrajeron matrimonio civil, por ante el Jefe Civil del Municipio Los Guayos del Estado Carabobo. Acta Nro. 230, de fecha 15 de diciembre de 2.004, Tomo I, folio 231 Vto.
|
Juez/Ponente:
Santiago Restrepo
|
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
|
N° Expediente :
16.358
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 25/09/2008 |
Procedimiento: Resolucion De Contrato De Arrendamiento |
Partes: ABOG. PERCEFONI APOSTOLIDIS XANTHULIS/RAFAEL VICENTE HENRIQUEZ. |
Resumen:
Este despacho observa: el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil establece: "Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil.- Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución".- En tal sentido y en fundamento al mencionado artículo 256, Ejusdem, observando que la materia de que trata la misma no es de las que prohíben las transacciones, en virtud del escrito donde las partes presentan la transacción de marras; es por lo que este Despacho da por consumado dicho acto, homologándose el mismo, teniéndose la Transacción como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
Se suspende la medida preventiva de Secuestro decretada en fecha 13/08/2008 (fls. 2 al 5 Cuaderno de Medidas) y practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello .....
|
Juez/Ponente:
Rafael Eduardo Padron Hernandez
|
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo, Marítimo y Bancario
|
|
|
|
|