Este Juzgado Superior, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con medida de amparo cautelar, por el ciudadano JORGE GREGORIO GUERRA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.717.711, Concejal del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, asistido por el abogado en ejercicio OSCAR MOISES JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.515.044, e inscrito el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nro. 154.116, contra el acto administrativo contenido en la SESIONES ORDINARIAS Nros. 31, 32, 33 y 34, de fechas 20, 21, 23 y 27 de diciembre de 2011, y las SESIONES EXTRAORDINARIAS Nros. 19, 20 y 21, de fechas 28 y 29 de diciembre de 2011, respectivamente, así como la Gaceta Municipal Extraordinaria Nro. 12/2011 de fecha 29 de diciembre de 2011 dictados por el CONCEJO MUNICIP.....