Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1.PRIMERO: INCOMPETENTE en razón del territorio para conocer de la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA interpuesta por el ciudadano LIANG QIHUA, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-83.609.256, en representación del ciudadano CHEN ZHONGGUANG, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.276.801, asistido por el abogado JULIO JOSÉ MIGUEL AROCHA MARTÍNEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 122.310.
SEGUNDO: SE DECLARA COMPETENTE para tramitar este asunto un TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, que corresponda según distribución de causas, en consecuencia.....