Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda de Divorcio por desafecto presentada por la Abogada JANET CHACON QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.011.791, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 62.481, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MILANYELA SORELY RODRIGUEZ MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.667.530, contra el ciudadano: RENATO COLARUSSO BARBATA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: V- 5.374.456, de conformidad con lo establecido en los Artículos 184 y 185 del Código Civil y en la Sentencia 1070 de fecha 09-12-2016, emanada de la Sala Constitucional del Trib.....