Decisiones del dia 22/04/2008
N° Expediente :
1.314-08
N° Sentencia :
Fecha: 22/04/2008
Procedimiento: Medida De Secuestro
Partes: SUCESIÓN SERFATY CONTRA JOSEFINA MACHADO DE MAPELLI
Resumen:
N° 1.314-08 Fecha 22-04-2008
Partes:
Demandante: SUCESIÓN SERFATY
Demandado: JOSEFINA MACHADO DE MAPELLI
Abogado Actor: JOSÉ RAMÓN CEDEÑO MÁRQUEZ Y IRMA CAMERO BETANCOURT, I.P.S.A., 101.490 y 102.543,
MEDIDA: SECUESTRO
RESUMEN
Se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en compañía de la parte actora a la dirección indicada, a los fines de practicar la Medida de Secuestro, decretada por el Juzgado Primero de los Municipios Guacara y San Joaquín de esta misma circunscripción Judicial. Se designo Depositaria Judicial y en caso de ser necesario como Perito Avaluador. Una vez en el sitio indicado se hicieron los toques de Ley, acudiendo al llamado judicial el ciudadano Julio César Páez Flores, a quien el Tribunal notificó de su misión, manifestando estar en el inmueble, realizando trabajo de mantenimiento, abriendo las puertas del mism.....
Juez/Ponente:
Gisela Coromoto Gimenez
Organo:
Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquin y Diego Ibarra
N° Expediente :
1209
N° Sentencia :
Fecha: 22/04/2008
Procedimiento: Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes: DEMANDANTE: URIMARE C. MEDINA ENDOSATARIO EN PROCURACION DE JORGE LOPEZ.- CONTRA DEMANDADO: FRANCISCO GARCIA
Resumen:
En el caso de autos, se observa que el accionante, acompañó como instrumento en que fundamenta su pretensión, una letra de cambio, la cual observa esta instancia, carece de una de las condiciones esenciales que debe llenar una letra de cambio para valer como tal, como lo es la falta de firma del librador, motivo este que destruye todos los efectos que puedan derivarse de ella, pues siendo la letra de Cambio esencialmente formalista, en donde deben observarse requisitos que la hagan tipificar como tal, la ausencia de uno cualquiera de los que estipula el legislador mercantil en la referida disposición, invalida la letra de cambio, tal como lo expresa el articulo 411 del Código de Comercio; lo cual hace que la acción propuesta sea declarada inadmisible y así se decide.
En merito a lo expuesto; este tribunal sexto de los Municipios, Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Administrando Justicia en el nombre de la .....
Juez/Ponente:
Yuleima Mercedes Castillo Oviedo
Organo:
Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego
N° Expediente :
2008-7915
N° Sentencia :
Fecha: 22/04/2008
Procedimiento: Medida De Embargo Preventivo
Partes: EFRAIN GUILLERMO PONTE MARQUINA, ACTUANDO EN SU PROPIO NOMBRE Y LAS EMPRESAS INVERSIONES MAROE, C.A. Y LAYDAYS, C.A., REPRESENTADAS POR LOS CIUDADANOS EFRAIN GUILLERMO PONTE MARQUINA Y ROSALBA MARQUINA DE PONTE
Resumen:
IV
DECISIÓN
Sobre la base de las consideraciones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, decreta medida de embargo preventivo sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada de autos Sociedad Mercantil TRANSGAR ALMACEN GENERAL DE DEPOSITO C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 17 de septiembre de 1981, bajo el No. 7, Tomo 66-A, hasta cubrir la cantidad de QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS QUINCE BOLÍVARES FUERTES CON 70/100 (Bsf. 547.215,70), que comprende el doble del monto demandado, el cual es la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES FUERTES CON 41/100 (.....
Juez/Ponente:
Marisol Hidalgo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo