Decisiones del dia 15/10/2015
N° Expediente :
GP31-S-2014-000548
N° Sentencia :
PJ0082015000150
Fecha: 15/10/2015
Procedimiento: Separacion De Cuerpos
Partes: SOLICITANTES: GRECIA JOSEFINA REVOLLEDO OCHOA Y ADRIAN ALEXANDER MEDINA STREDEL VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, LEGÍTIMOS CÓNYUGES ENTRE SÍ, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD Nº V- 20.293.315 Y V- 20.663.339, RESPECTIVAMENTE, DOMICILIADOS AMBOS EN PUERTO CABELLO, ESTADO CARABOBO,. ABOGADO ASISTENTE: ALEXANDER R. MEDINA ESTREDO, INSCRITO EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL Nº 156.011 Y DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA LA CONVERSION EN DIVORCIO; de la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS, formulada por los ciudadanos: GRECIA JOSEFINA REVOLLEDO OCHOA y ADRIAN ALEXANDER MEDINA STREDEL, venezolanos, mayores de edad, legítimos cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 20.293.315 y V- 20.663.339, asistidos por el abogado ALEXANDER R. MEDINA ESTREDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 156.011, todos de este domicilio y en consecuencia, DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los une y contraído en fecha 27 de Enero de 2012, por ante la oficina de Registro Civil de la Parroquia Goaigoaza del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, tal como .....
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
N° Expediente :
GP31-S-2014-000414
N° Sentencia :
PJ0082015000152
Fecha: 15/10/2015
Procedimiento: Rectificacion De Acta De Defuncion
Partes: SOLICITANTE: JESUS ORLANDO YANEZ BAEZ Y TOMAS JAVIER MORON BAEZ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NOS. V-6.468.010 Y V-13.044.600, DE ESTE DOMICILIO, RESPECTIVAMENTE. ABOGADO ASISTENTE: JOSE RAMON TOVAR, INSCRITO EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL NO 48.946, DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
Por todo lo antes expuesto y por no haberse presentando en el transcurso del procedimiento interesado alguno que manifestara estar perjudicado con la solicitud de rectificación de acta de Defunción, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 768 y 769 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de rectificación del ACTA DE DEFUNCION interpuesta por los ciudadanos JESUS ORLANDO YANEZ BAEZ Y TOMAS JAVIER MORON BAEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.468.010 y V-13.044.600, de este domicilio, respectivamente, SEGUNDO: SE ORDENA a los ciudadanos Jefe de la Oficina de Registro Civil del Parroquia Fraternidad del Municipio Puert.....
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
N° Expediente :
GP31-S-2014-000795
N° Sentencia :
PJ0082015000151
Fecha: 15/10/2015
Procedimiento: Rectificacion De Acta De Defuncion
Partes: SOLICITANTE: JUAN CARLOS RIVAS ORTUÑO, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-16.184.162, DE ESTE DOMICILIO. ABOGADA ASISTENTE: DEOLINDA MARUJA FERNANDEZ MERCHAN, INSCRITA EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL NO 146.564, DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
Por todas las razones expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de rectificación del DEFUNCION interpuesta por el ciudadano JUAN CARLOS RIVAS ORTUÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.184.162, de este domicilio, asistido por la abogada DEOLINDA MARUJA FERNANDEZ MERCHAN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 146.564. SEGUNDO: SE ORDENA a los ciudadanos Jefe de la Oficina de Registro Civil del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, y al Registrador Principal del Estado Carabobo, estampar la respectiva nota marginal en el Acta de defunción Nº 124, Tomo 2, Folio 57, Año 2013, emitida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Fraternidad del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, .....
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
N° Expediente :
GP31-V-2015-000144
N° Sentencia :
pj0082015000153
Fecha: 15/10/2015
Procedimiento: Deslinde
Partes: DEMANDANTES: AIDES MERCEDES QUIÑONES MARQUEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-3.600.632. APODERADO JUDICIAL: ABOGADO YBRAIN VILLEGAS POLANCO, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL NO. 61.340. DEMANDADOS: MARLENI TIVISAY QUIÑONES Y JAIRO MARCANO, VENEZOLANOS, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-8.608.051 Y V-11.104.533, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara INADMISIBLE LA DEMANDA, por DESLINDE interpuesta por la ciudadana AIDES MERCEDES QUIÑONES MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.600.632, de este domicilio,
Publíquese, regístrese y déjese copia en el copiador correspondiente, todo de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.