Decisiones del dia 13/12/2004 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								50.951  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 13/12/2004  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: 
En mérito a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela  y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Apelación interpuesta por el Abogado JEREMIAS AGUILERA,  en su condición de representante del ciudadano EURIPIDES BONILLA, contra el auto proferido por el JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUÍN  DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en fecha 09 de Noviembre  de 2.004,   y se ordena al Tribunal la Admisión y Evacuación de la probanza negada, y ASÍ SE DECIDE.
Por cuanto la Sentencia fué dictada dentro del lapso legal, no se requiere la notificación de las partes.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Rosa Margarita Valor Palacios 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								298-04  
						  
						  N° Sentencia :
							
								-  
						  
						  Fecha: 13/12/2004  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: El (13) de diciembre de dos mil cuatro (2.004), se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a señalamiento de la abogado Leal de Canela Elsis María, titular de la cédula de identidad Nº 7.934.179, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 46.812, en su carácter de funcionario adscrito a la Gerencia de Tributos Internos de la Región Central, a un inmueble ubicado en la Av. Bolívar de la población de Bejuma Edo. Carabobo, por cuanto el ciudadano Amer Amilcar José, (demandado de autos)  se presentó en la sede del Juzgado Ejecutor y le indicó al mismo que el Fondo de Comercio “Moto Bici Miranda” (firma personal) ya no funciona en el Municipio Miranda del Edo. Carabobo, indicándole al Tribunal que actualmente funciona en el inmueble donde se encuentra constituido este Tribunal; Av. Bolívar Centro Comercial La Esperanza, Local Nº 03, “Maxi Ruedas Bejuma”. Bejuma Edo.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Roxana Goudet 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalban y Miranda 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								GP02-R-2004-000507  
						  
						  N° Sentencia :
							
								GC012004000579  
						  
						  Fecha: 13/12/2004  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela  y por Autoridad de la Ley, declara: 
PRIMERO:  PARCIALMENTE CON  LUGAR  el recurso de la apelación interpuesto  por  el  abogado JOSE ELIAS PINTO OJEDA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado  bajo el Nro.  22.255 en su carácter de apoderado judicial  de la ciudadana  INGRID BETSABE APONTE GASPELO, titular de la cédula de identidad No 4.133.597. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR  la demanda por prestaciones sociales incoada por la ciudadana  INGRID BETSABE APONTE GASPELO, titular de la cédula de identidad No  4.133.597, contra la empresa SOCIEDAD  MEDICA HOSPITAL METROPOLITANO DEL NORTE, Asociación Civil,  inscrita en el Registro Principal del estado Carabobo, en fecha 14 de marzo de 2000, bajo el N° 14, Protocolo Primero, folios 1 al  7, Tomo 14, y se le co.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Ketzaleth Natera 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Superior Tercero del Trabajo 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								C-25032  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 13/12/2004  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: 
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos: 
	El padre voluntariamente suministrará la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000, oo) semanal, por concepto de Obligación de Alimento, que se entregará a la madre con acuse de recibo. En relación a los gastos de vestuario, calzado, uniformes serán compartidos en un 50% por cada progenitor.
Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia,  validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño,  y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide.
Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 315 de la Le.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Carla Solyan Vásquez Borges 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								C-24885  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 13/12/2004  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia,  validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño,  y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide.
Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 315 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA HOMOLOGADA LA CONCILIACIÓN HABIDA, A LOS FINES DE QUE ALCANCE EL CARÁCTER DE SENTENCIA DEFINITIVAMENTE FIRME Y EJECUTORIADA, Exhortando a las partes, plenamente identificadas, a cumplir de buena fe el acuerdo contenido en la Conciliación descrita. 
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE 
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y el Adolescente de la Circunscripción Judicial de.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Carla Solyan Vásquez Borges 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente