JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 13 de Junio de 2005
194° y 145°
Por recibido escrito de demanda, en fecha 09 de Junio del presente año, junto con los recaudos que lo acompañan, presentado por el Abogado JAVIER RODRIGUEZ ACOSTA , inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.079 en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana: CELENIA RODRIGUEZ QUINTANA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-4.366.670, quien a su vez actúa como Apoderada Especial de los Ciudadanos: LUIS DENIS ABREU y MARLENE QUINTANA DE DENIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-1.894.128 y 4.229.826 respectivamente, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley. Désele entrada, asígnesele número y fórmese Expediente. Se ADMITE, cuanto ha lugar en derecho, la presente demanda por ACCIÓN MERO DECLARATIVA, a tales .....