PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente Medida Agraria.
SEGUNDO: NIEGA LA MEDIDA solicitada por las ciudadanas Mariela del Carmen Mayaudon de Mayaudon y Marbella Espinoza de Arteaga, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.154.538 y V-7.045.182, respectivamente, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 24.457 y 24.501, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la Sociedad Mercantil Productos Danimex, C.A., .", inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda el 28/03/1989, bajo el Nº 51, Tomo 76-A, inscrita luego por cambio de domicilio, ante el Registro Mercantil Segundo del estado Carabobo, en fecha 17/09/2012, bajo el Nº 10, Tomo 192-A.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por Secretaría de conformidad c.....