DECISIÓN
En consecuencia, el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Primero: Admite en su totalidad la acusación presentada por la Fiscalía Vigésimo Segundo del Ministerio Publico, contra del ciudadano: ciudadano JONALVI ANTONIO PERAZA, natural de en Bejuma estado Carabobo, 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.856.529, soltero, profesión u oficio Mantenimiento de Jardín, hijo Josefina Peraza y padre desconocido, grado de instrucción segundo año, con domicilio en Hato Viejo, peaje de Yaracuy, entrando a mano derecha, Nirgua, estado Yaracuy. Segundo: Se admiten todas y cada una de las pruebas presentada por el Ministerio Público en su escrito acusatorio, por ser las mismas útiles, legales y pertinentes. Tercero: Se DECLARA CON LUGAR la Suspensión Condicional del Proceso po.....