por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, intentada por la ciudadana JEANNINE MARIA MOTA MARCANO, contra el ciudadano PAUL DAVID BARRIOS VALBUENA, ambos identificados en autos, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 23 de Junio de 2000, fecha en que contrajeron Matrimonio Civil por ante la Jefatura Civil del Municipio San Diego del Estado Carabobo.
En cuanto a hijos y bienes, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los Solicitantes manifestaron que no fueron procreados los mismos durante el matrimonio y no constan en el expediente bienes que liquidar.
Publíquese y déjese copia.
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los nueve (09) días del mes de Marzo del año Dos mil nueve (2.009). Años: 19.....